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Cómo obtener un embargo
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Si obtiene un fallo diciendo que alguien le debe dinero, usted es un acreedor del fallo. La persona que le debe dinero es el deudor del fallo. El embargo es una herramienta que puede usar para ayudarle a cobrar un fallo.
El embargo es un proceso de la corte que le permite a un acreedor cobrar dinero de un embargado. Un embargado es alguien que tiene el control del dinero o los bienes del deudor, o que le paga dinero al deudor. Por ejemplo, un embargado podría ser un banco, empleador, inquilino o el estado de Michigan. En los procedimientos de embargo, el acreedor es el demandante y el deudor es el demandado.
Tiene que esperar 21 días después de que se firma el fallo para solicitar un mandamiento de embargo. Si el deudor le sigue debiendo dinero, puede solicitar otro mandamiento después de que venza el primero. Puede tener más de un tipo de embargo al mismo tiempo, siempre que no sean del mismo embargado.
Tiene que presentar el embargo antes de que venza el fallo. Esto se llama período de prescripción.
Cómo solicitar un embargo
Para empezar un embargo, presente una Solicitud y mandamiento de embargo en la corte que emitió el fallo. El mandamiento es una orden de la corte. Le dice al embargado que le dé a usted el dinero que tiene del deudor (como por ejemplo dinero en una cuenta bancaria) o que le hubiera pagado al deudor (como un cheque de pago).
Hay tres formularios para solicitar un mandamiento:
- Embargos periódicos
- Embargos no periódicos
- Embargos de un reembolso o crédito de impuestos sobre los ingresos
Para llenar cada formulario necesita:
- El nombre y la dirección del embargado,
- El monto total del fallo, incluyendo cualquier costo que se haya agregado al fallo y los intereses que se hayan acumulado e
- Información sobre el deudor para que el embargado pueda identificar al deudor
Si el embargado es el empleador del deudor, es posible que necesite el número del seguro social del deudor o número de identificación de empleado. Si el embargado es un banco o unión de crédito, además necesita el/los número(s) de cuenta del deudor. Si el embargado es el Estado de Michigan, necesita el número del seguro social del deudor. Si no incluye toda la información requerida, el embargado no tiene que procesar el embargo.
Presente la Solicitud y mandamiento de embargo en la corte que emitió el fallo. Tendrá que pagar una cuota de presentación de $15. La corte emite el mandamiento firmándolo.
Embargos periódicos
Un embargo periódico embarga dinero que se le paga al deudor de forma regular. Algunos ejemplos son cheques de pago o pagos de alquiler. Se toma dinero de cada pago hasta que venza el mandamiento o se termine de pagar la deuda.
Un mandamiento de embargo periódico tiene vigencia hasta que el saldo del fallo se ha pagado.
Cuando se embargan los salarios de un deudor, solo se puede embargar una cierta cantidad. Nunca es más del 25% de los ingresos del deudor después de descontar los impuestos.
Embargos no periódicos
Un embargo no periódico es un embargo que se realiza una sola vez. En general se aplica a una cuenta bancaria o reembolso de impuestos estatales. Solo tiene validez en el momento que se hace la entrega legal al embargado. Entonces si la cuenta de cheques del deudor tiene $100 cuando se hace la entrega legal del mandamiento, usted recibirá $100 hacia el pago de la deuda. Si el deudor deposita $1,000 el día después de que se haga la entrega legal del mandamiento, de todas maneras usted recibirá $100.
Un mandamiento de embargo no periódico tiene vigencia por 182 días. Esto significa que el embargo no periódico vence el día 183 después de que la corte lo emitió. Después de ese plazo tiene que solicitar otro mandamiento de embargo para seguir cobrando el dinero de esta manera. Solo se puede usar una vez; vence una vez que se use.
Hacer la entrega legal de del mandamiento
El embargado debe recibir la entrega legal de dos copias de la Solicitud y mandamiento de embargo, un formulario de revelación y la cuota de revelación. La cuota de revelación es $35 para embargos periódicos y $1 para embargos no periódicos. El embargado tiene que ser entregado dentro de 182 días después de que se emitió el mandamiento.
Quién puede hacer la entrega legal
Usted no puede hacer la entrega legal del mandamiento. Puede pedirle a otra persona que la haga, o puede pagarle al departamento del alguacil o comisaría de su zona, o a un profesional de entrega legal. Si le pide a otra persona que haga la entrega legal, la persona tiene que tener por lo menos 18 años de edad y no estar involucrada en el caso.
Cómo hacer la entrega legal
La persona que hace la entrega legal puede hacer la entrega legal personalmente. Si el embargado es una empresa, la persona que hace la entrega legal tiene que hacer la entrega legal del mandamiento al agente designado o persona a cargo de una oficina o empresa.
La persona que hace la entrega legal también puede enviar los documentos y cuota por correo registrado con solicitud de aviso de retorno. Una vez que se hayan entregado los papeles, la persona que hizo la entrega legal recibirá por correo el aviso de retorno (una tarjeta verde).
La persona que hace la entrega legal también puede pedirle al embargado que firme el acuse de recibo en el formulario de Prueba de entrega.
Luego la persona que hace la entrega legal tiene que llenar el formulario de Prueba de entrega. La persona que hace la entrega legal puede presentarla en la corte o dársela a usted para que la presente. La Prueba de entrega se tiene que presentar en la corte para mostrar que se hizo la entrega legal del mandamiento.
Después de que el embargado reciba el mandamiento
El embargado tiene que dar o enviar una copia del mandamiento al deudor dentro de los siete días de haber recibido la entrega legal del mandamiento. Después de que el embargado envíe el mandamiento, el deudor tiene 14 días para presentar una protesta al embargo.
Dentro de los siete días de recibir la entrega legal del mandamiento el embargado tiene que informarle a usted, a la corte y al deudor si le debe dinero al deudor o si tiene dinero del deudor. De ser el caso, el embargado tiene que guardar el dinero por 28 días desde la fecha que se le hizo la entrega legal del mandamiento. Si el deudor no presentó una protesta en el plazo de 28 días, el embargado tiene que pagarle el dinero a usted.